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Comercio exterior

Inversión Extranjera

Caracterización de la Inversión Extranjera:

La Inversión Extranjera Directa en Cuba se concibe como un complemento de los esfuerzos nacionales de desarrollo, estando orientada a la búsqueda de nuevos mercados en el exterior, tecnologías competitivas y financiamiento (fundamentalmente a largo plazo).

La política económica aplicada hoy a la aprobación de los nuevos negocios bajo las modalidades de Inversión Extranjera contenidas en la Legislación Cubana, se enmarca en el principio de alta selectividad y esta asociada a proyectos de interés nacional con un significativo impacto económico y social. Resultan de interés en este sentido, proyectos de negocio que involucren altos flujos de inversión hacia objetivos nacionales de desarrollo o que tengan un impacto social en el país.

Se busca mediante la aplicación de políticas y medidas concretas relacionadas a la inversión extranjera, sea garantizado un clima adecuado que ofrezca seguridad y protección al inversionista extranjero, al tiempo que, se esté en concordancia con las políticas de fomento industrial y tecnológico del país. Son analizados en este proceso, el establecimiento de mecanismos e incentivos que permitan atraer y dirigir la inversión hacia aquellos lugares que mayor beneficio pueda reportarle al país.

Resulta en la actualidad un objetivo de trabajo prioritario, propiciar el desarrollo de proyectos de inversión que estimulen la inversión de empresas cubanas con Ventajas Competitivas en el exterior.

En junio de 1992 se produce una reforma en la Constitución, que entre otros elementos transformó el marco constitucional en relación con la propiedad, por una parte al reconocer como forma de propiedad la de la empresa mixta, y por otra al eliminar la irreversibilidad de la propiedad estatal en casos excepcionales en que la transmisión parcial o total de algún objetivo económico se destine a los fines del desarrollo del país y no afecten los fundamentos político, sociales y económicos del Estado, previa aprobación del Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo.

Para fomentar este proceso, y a partir de la experiencia de la aplicación del Decreto-Ley 50/82, en el año 1995 se aprueba una nueva legislación para la inversión extranjera (Ley No.77) que se corresponde con las tendencias internacionales. Entre sus regulaciones se encuentran:

  • Las inversiones extranjeras pueden adoptar la forma de empresa mixta, contrato de asociación económica internacional y empresa de capital totalmente extranjero. Se constituyen sociedades anónimas.
  • Sólo comprende dos impuestos fundamentales: sobre utilidades y sobre nómina salarial que ascienden a un 30 % y a un 25% respectivamente para las sociedades mixtas.
  • Repatriación libre de dividendos, exenta de pago de impuestos adicionales.
  • Su aprobación es facultad exclusiva del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros o de una Comisión designada por éste al efecto. Una vez presentada la documentación económica y jurídica sobre la propuesta de negocio, se contempla un plazo de 60 días naturales para notificar la decisión.

Al cierre del año 2005 se encontraban constituidas 258 Asociaciones Económicas Internacionales (AEI), dirigidas fundamentalmente al sector de la minería, la prospección-extracción de petróleo, el turismo, la construcción y las industrias (ligera, alimentaria, sideromecánica y de las tecnologías de la información y las comunicaciones).

En los últimos años se han incorporado ramas nuevas a la inversión extranjera lo que demuestra el desarrollo cualitativo alcanzado por este proceso, ejemplo de ello tenemos los negocios desarrollados en la industria energética, la gasificación para sustituir el consumo de keroseno; en el sector financiero; la comercialización de puros; y en el sistema de acueductos y suministro de agua a la capital del país. Se han aprobado importantes negocios en la industria del cemento, la aviación civil e industrias para la fabricación de pinturas, la reparación naval y la construcción de ómnibus. Igualmente, han sido creadas Empresas Mixtas para nuevos desarrollos hoteleros de Polos Turísticos del país.

Los países con mayor número de negocios son España, Italia y Canadá. Estos países concentran el 70% del total de asociaciones de las cuales el mayor peso se encuentra en la región europea. Hay que destacar en este sentido que Venezuela de la 9na posición que ocupaba al cierre del 2005 hoy se ubica en la 7ma plaza dentro de los principales países inversores en Cuba.

Fruto de la dinámica que ha caracterizado el proceso de inversión extranjera en Cuba, en el año 2000 con la entrada en vigor del Acuerdo 3827 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de la República de Cuba, quedó establecido el procedimiento para concertar Contratos para la Producción Cooperada de bienes o la prestación de servicios, así como de Administración hotelera y Productiva, entre empresas cubanas y personas naturales o jurídicas extranjeras. Este Acuerdo creó las bases, a través de las cuales se definían nuevas formas de Inversión Extranjera, adicionales a las ya existentes en la Ley 77.

La propia aplicación y experiencia adquirida en la implementación de estas nuevas formas de inversión descritas en el Acuerdo 3827 / 00, de positivos resultados para la economía nacional, determinó que a finales de 2004 fuese promulgado el Acuerdo 5290 / 04 del propio Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con el que se ajustan las normativas que rigen los Contratos para la Producción Cooperada de bienes o la prestación de servicios, así como de Administración hotelera y Productiva, con vistas a un mejor desarrollo y control de esa actividad.

Los atributos a destacar en las formas de inversión descritas por el Acuerdo 5290, son su agilidad en la aprobación de esquemas de negocios en relación a las formas de inversión descritas por la Ley 77 de 1995, así como flexibilidad en la implementación de forma tal que favorece el desarrollo de negocios con la pequeña y mediana empresa, sirviendo además de antesala a esquemas de Asociación más complejos como los descritos en la Ley 77.

En virtud del Acuerdo 5290, se entenderá como:

o CONTRATO PARA LA PRODUCCIÓN COOPERADA DE BIENES O PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS:

  • Contrato que se concierta entre una empresa, entidad estatal cubana o sociedad mercantil de capital totalmente cubano, en correspondencia con su objeto social o empresarial, y una persona natural o jurídica extranjera con el propósito de desarrollar una determinada producción de bienes o prestación de servicios con destino al mercado interno y/o a la exportación.
  • La parte extranjera suministra, financia o ambas, tecnología, materias primas, equipamiento, productos semielaborados, y asistencia técnica, a cambio del pago del precio que se pacta por cada uno de estos conceptos, a partir de la comercialización de la producción o del servicio.

o CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN PRODUCTIVA Y/O SERVICIOS:

  • Contrato mediante el cual, una empresa o entidad cubana con personalidad jurídica o sociedad mercantil de capital totalmente cubano, contrata a una persona jurídica extranjera para que administre una o varias líneas de producción, una instalación productiva o de servicios, o una parte de las actividades que estas realizan, por un período determinado, a cambio del pago que mutuamente acuerden, condicionado a los resultados de la gestión de administración realizada en correspondencia con los indicadores que se pactan.
  • En estos contratos la parte extranjera deberá aportar know how, tecnología o mercado basado en su experiencia industrial o comercial en el tipo de actividad que administrará.

o EL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN HOTELERA:

  • Acuerdo por escrito entre el titular de un hotel (“Titular”) y una compañía profesional de administración de hoteles (“Gerente”) mediante el cual la Gerente acepta la responsabilidad que le otorga la Titular de asumir y realizar eficientemente la administración y comercialización de los servicios que presta el hotel a cambio del pago de honorarios; y sin que se produzca transferencia alguna de propiedad u otro derecho real del hotel.

Los impuestos, tasas y contribuciones fiscales que se deriven de la ejecución de estas modalidades de inversión extranjera serán asumidos de forma independiente por cada parte según sus respectivas obligaciones. Las importaciones necesarias para el desarrollo de las actividades propias de estos contratos, así como los aranceles aduanales serán asumidos por la entidad cubana parte del contrato.

Al cierre del año 2005, existían vigentes 98 Contratos de Producciones Cooperadas, concentradas fundamentalmente en las industrias Metalmecánica y Ligera. La rama industrial contaba con 9 Contratos de Administración, fundamentalmente concentrados en la Industria Metalmecánica; mientras que el sector turístico tenia asociado 49 los Contratos de Administración Hotelera.

Cuba como Plaza de Inversión - Ventajas Comparativas:

A los atractivos del marco legal se suman como ventajas comparativas de Cuba las siguientes:

  • Fuerza de trabajo altamente calificada.
  • Indicadores de salud de la población.
  • Infraestructura adecuada, destacándose más de un 95 % de electrificación de su territorio.
  • Estabilidad política y social.
  • Integración de Cuba a la región Latinoamericana y Caribeña (Asociación Latino Americana de Integración (ALADI), Comunidad del Caribe (CARICOM), Asociación de Estados del Caribe (AEC).
  • Clima de seguridad que se ofrece al personal extranjero.
  • Ubicación geográfica en el centro de un mercado en expansión y de importantes rutas comerciales.
  • Recursos Naturales Existentes.
  • Disponibilidad y Cultura Industrial.
  • Gran desarrollo y fomento gubernamental de la actividad de Investigación y Desarrollo (I+D), la innovación tecnológica y sus aplicaciones.
  • Sistema nacional ágil y confiable de administración de la propiedad intelectual
  • La suscripción de 62 Acuerdos con 71 países para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI) y los 11 Acuerdos para Evitar la Doble Imposición Fiscal.

Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI):

Los Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI) son tratados bilaterales cuyo objetivo principal es establecer las bases fundamentales de las políticas para la promoción y la protección de las inversiones entre los Estados firmantes, a través, esencialmente, de la creación de condiciones generales que sirvan de estímulo y de garantía para los intereses económicos y jurídicos de los inversionistas de cada uno de dichos estados, cuando invierten en el territorio del otro Estado Contratante.

Este tipo de Convenio define intereses de ambos Estados de conformidad con lo establecido en sus respectivas legislaciones nacionales y según las normas del Derecho Internacional. Sus cláusulas son de estricto cumplimiento y crean un entorno de gran seguridad y estabilidad jurídica al quedar definidos importantes conceptos tales como inversionista, persona natural, persona jurídica, territorio y otros. Asimismo, contiene cláusulas que permiten a los inversionistas de cada parte conocer, antes de decidirse a invertir, el trato que recibirán sus inversiones en el territorio de cada una de las Partes Contratantes.

Otras cláusulas de importancia son las referidas a la facilidad para realizar las transferencias de las utilidades y ganancias en general, derivadas de la inversión realizada, previo cumplimiento de las obligaciones fiscales. No debe dejar de mencionarse, como una de las importantes garantías a la inversión extranjera en Cuba, el espacio reservado a la indemnización en caso de Expropiación. Esta última solo puede tener lugar por determinadas cláusulas preestablecidas y debe estar respaldada por el procedimiento legal correspondiente.

Por otra parte, en este tipo de Acuerdos se dejan establecidas las vías para solucionar los conflictos que puedan surgir tanto entre el inversionista y una de las Partes Contratantes como entre ambas Partes Contratantes, brindando la posibilidad, a los involucrados en la disputa, ante el incumplimiento de cualquiera de las partes, de que la otra acuda al procedimiento correspondiente, entre las distintas variantes que ofrezca el Acuerdo.

Países con los que Cuba tiene suscrito APPRI:

Cuba ha suscrito un total de 62 de estos Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones que vincula a 71 países, los cuales se dan a continuación

No.
PAÍS
 AÑO DE SUSCRIPCIÓN
No.
PAÍS
  AÑO DE SUSCRIPCIÓN
1
Italia
1993
32
Bélgica-Luxemburgo
1998
2
Rusia
1993
33
Portugal
1998
3
España
1994
34
Bulgaria
1998
4
Colombia
1994
35
Surinam
1999
5
Reino Unido
1995
36
Panamá
1999
6
China
1995
37
Mongolia
1999
7
Bolivia
1995
38
Trinidad y Tobago
1999
8
Ucrania
1995
39
Guatemala
1999
9
Viet Nam
1995
40
Argelia
1999
10
Argentina
1995
41
Guyana
1999
11
Sudáfrica
1995
42
Holanda
1999
12
Líbano
1995
43
Rep. Dominicana
1999
13
Chile
1996
44
Ghana
1999
14
Rumania
1996
45
Hungría
1999
15
Barbados
1996
46
Zambia
2000
16
Alemania
1996
47
Austria
2000
17
Grecia
1996
48
Bielorrusia
2000
18
Suiza
1996
49
Yugoslavia
2000
19
Venezuela
1996
50
Perú
2000
20
Eslovaquia
1997
51
Paraguay
2000
21
Francia
1997
52
Dinamarca
2001
22
Laos
1997
53
Croacia
2001
23
Ecuador
1997
54
Camboya
2001
24
Cabo Verde
1997
55
México
2001
25
Jamaica
1997
56
Honduras
2001
26
Brasil
1997
57
Mozambique
2001
27
Namibia
1997
58
Qatar
2001
28
Indonesia
1997
59
Finlandia
2001
29
Malasia
1997
60
CARICOM
2001
30
Turquía
1997
61
Uganda
2002
31
Belice
1998
62
San Marino
2002
Acuerdos para evitar la Doble Imposición:

A fines de la década de los años 90, comenzó a tomar auge en Cuba la negociación y suscripción de los Acuerdos para Evitar la Doble Imposición (y la Evasión Fiscal- esta segunda parte del título solo utilizada en ocasiones-). Este tipo de acuerdos Intergubernamentales de carácter bilateral, persigue el objetivo de impedir el surgimiento de la misma obligación fiscal en dos países distintos, sobre la misma persona. Muchos de ellos también dedican, como antes indicamos, parte de su regulación a la Evasión Fiscal.
La negociación entre las partes tiene como base la exposición de las características principales de los respectivos sistemas tributarios, incluyendo los impuestos vigentes en cada país y la flexibilidad con la que pueden ser tratados los mismos. Se persigue concertar cláusulas beneficiosas para ambas partes que, eviten los efectos nocivos que tiene la doble imposición sobre el intercambio de bienes y servicios y sobre los movimientos de capital, de tecnología y de personas. De esta forma se fomenta un mejor desarrollo de las relaciones económicas entre los países implicados puesto que estos instrumentos estimulan la inversión extranjera en los respectivos países cuando se logra que el inversionista no se vea obligado a abonar el mismo impuesto, por el mismo concepto, en igual período de tiempo, en su país de residencia y en aquel donde realiza la inversión.

Actualmente se encuentran firmados tratados de esta índole entre Cuba y los siguientes países:

 País
Año de Suscripción
 España
1999
 Barbados
1999
 Italia
2000
 Rusia
2000
 Portugal
2000
 Líbano
2002
 China
2001
 Vietnam
2002
 Austria
2003
 Ucrania
2003
 Venezuela
2003


Situación Actual de la Inversión de Empresas Cubanas en el Exterior:

El proceso de desarrollo de la empresa e industria cubana no ha tenido únicamente referentes domésticos. Son varios los factores que a lo largo de estos 20 años han compulsado a la internacionalización de la empresa cubana, lo cual ha propiciado la apertura y posicionamiento en nuevos mercados, así como el incremento de sus actividades e ingresos.

Debería destacarse como aspecto medular el fuerte programa de inversiones en el desarrollo científico-técnico que ha venido realizando el Estado cubano, en particular en productos asociados al conocimiento, elemento donde se ha puesto mayor hincapié en el trabajo. Esto explica como pese a la condición de país del tercer mundo, se han logrado establecer prósperos negocios conjuntos con entidades empresariales de otros países, lo cual ha fortalecido las relaciones bilaterales, económicas y comerciales con países de la Región Latinoamericana y Caribeña, así como con los del resto del mundo.

Cuba posee hoy una serie de tecnologías y productos que presentan ventajas competitivas para su inserción internacional. Se trabaja sobre todo en sectores y actividades económicas con fortalezas que prestigian al país a escala internacional por sus resultados y antecedentes históricos.

Entre los sectores de mayor presencia en el exterior se encuentran:

o Construcción, cuyas principales experiencias en actividades realizadas en el exterior figuran las de desarrollo de proyectos y ejecución de obras de ingenierías, arquitectura, construcción civil y montaje, incluyendo construcciones de edificios industriales, comerciales y residenciales, carreteras, aeropuertos, y otras, incluyendo nuevas obras, modernización o remodelación de instalaciones existentes.

o Biotecnología se está abriendo camino a la práctica internacional a través de diferentes modalidades de negocio por ejemplo, se comparten patentes para la producción de determinados productos médicos y su posterior comercialización; desarrollo de forma conjunta de investigaciones y proyectos, transferencia de tecnología, etc.

o Agricultura, fundamentalmente se han establecido negocios para la producción y comercialización de productos agropecuarios, biológicos, farmacéuticos de uso veterinario y otros.


No se excluye la posibilidad de concreción de negocios en otros sectores económicos, ejemplo de ello es el desarrollo experimentado en los últimos 10 años en cuanto niveles de internacionalización de la Industria Metalmecánica cubana, presente sobre todo en países de la Región del Gran Caribe.

Empresas cubanas participan en Asociaciones Económicas Internacionales en países de América Latina y el Caribe, Europa, Asia y África; de los cuales corresponde en mayor cuantía los basificados en la Región Latinoamericana y Caribeña, puesto que se ha dedicado especial énfasis a la consolidación de las relaciones con ella. Específicamente en lo que se refiere al Caribe Insular, durante la última década, Cuba ha dado pasos importantes a favor de una vinculación mucho más profunda con la región, manteniendo relaciones con todos los estados que la conforman. En la mayoría de ellos se han abierto misiones diplomáticas, expresión clara del interés que el país concede al fortalecimiento de sus vínculos con el área del Caribe.

Se destacan entre las diferentes modalidades de negocio en que hoy participan las empresas cubanas en el exterior las siguientes:

Empresas Mixtas o Negocios Conjuntos
Empresas de capital 100% Cubano
Contratos de Asociación Económica

Constituye la modalidad de empresa mixta la forma más común de inversión en el exterior.


 







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